POR LAS MUJERES Y LOS NIÑOS QUE TRABAJAN

Presentamos "Por las mujeres y los niños que trabajan", una compilación de escritos y ponencias elaboradas por el Dr. Alfredo L. Palacios entre 1906 y 1910, publicadas en ese mismo año por F. Sampere y Compañía Editores de Valencia. Por el texto discurren mociones, debates, posiciones, comunicaciones y correspondencia del autor y de varios de sus interlocutores.

El Dr. Alfredo L. Palacios nació el 10 de agosto de 1878. La placa que identificaba su estudio, bajo el nombre contenía la leyenda: "Abogado. Atiende gratis a los pobres". El 13 de marzo de 1904, fue electo diputado nacional por el Partido Socialista, en la 4º circunscripción de La Boca, banca a la que accedería también en las elecciones de 1912, 1913, 1932 y 1963. Como senador ingresó a la Cámara luego de las elecciones de 1931 y 1961. Empeñó su gestión asentado las bases de la llamada "legislación social", siendo autor, entre otras, de leyes relativas al establecimiento del salario mínimo, vital y móvil, la jornada de ocho horas diarias de trabajo con derecho a la comida y al descanso, el seguro por accidentes y enfermedades de trabajo, todas ellas con el objetivo de lograr para los trabajadores, condiciones dignas de desempeño. Por otra parte, tuvo una activa participación junto a José Ingenieros en el movimiento de la Reforma Universitaria. Murió en 1965, mientras cumplía su último mandato.

El alegato

"Consecuente con mi resolución expresada en una de las sesiones anteriores, traigo á la Cámara el proyecto de ley reglamentando el trabajo de las mujeres y los niños" Alfredo L. Palacios Primer Diputado Socialista en el Congreso Argentino

Los fundamentos del proyecto

"He entrado en las fábricas en el momento en que las jóvenes se dedicaban á la labor y he podido observar (...) niñas débiles en su mayor parte, sin brillo en la mirada, reflejando sólo un abatimiento muy intenso (...) que deforman sus cuerpecitos, quitándoles gracia, salud y hermosura"

La denuncia firme respecto de la condición social de mujeres y niños, las consecuencias del avance del industrialismo moderno, la inclusión de la máquina en la vida de los talleres con sus ventajas y desventajas, son algunos de sus argumentos.

Ya no es indispensable el esfuerzo muscular del hombre, la máquina lo facilita en parte, pero, el ingreso de mano de obra con salario más bajo - que desciende por el aumento de la competencia - trae como consecuencias el desorden en el hogar y el "aflojamiento" de los vínculos en la familia.

Retoma las denuncias de "un distinguido médico argentino" que dan cuenta del desfile de jóvenes obreras por los consultorios externos de los hospitales, algunas por presentar desarreglos en su principal función fisiológica, la menstruación; otras por estado de intenso surmenage, otras con lesiones artríticas, tuberculosas, otras con rasgos histéricos, y para todas, la indicación médica es siempre la misma: suspensión del trabajo.

Los niños, por su parte "ya vienen desde el seno de la madre con la marca de la injusticia", salen a la madrugada, trabajan la misma cantidad de horas que los hombres, se saturan de cansancio, mientras imaginan, en las casas de los ricos, las mantas de seda, las camas mullidas y los juguetes.

El paso del tiempo

"Ocho veces he hecho moción pidiendo fijación de día para que se trate el proyecto que reglamenta el trabajo de las mujeres y los niños (...), ocho veces he escuchado el asentimiento general de los señores diputados (...) y ocho veces he visto postergada mi moción aún en contra de las leyes más elementales del debate"

Ya en 1892, el Patronato de la Infancia había presentado un proyecto, denunciando el carácter alarmante y sin precedentes del estado de la infancia. En 1894, el senador manifestaba su conformidad con el despacho de la Comisión de Legislación, en 1896 daba su voz el Doctor Obligado, en 1902, el Sr. Williams, en 1904, nuevamente el Patronato de la Infancia y siguen fechas y nombres. El Diputado Roca presentó una moción, a cierre de las sesiones de 1906, para que se incluyera en el orden del día de las primeras sesiones de 1907.

Para entonces se siguen sumando denuncias y reclamos. El Centro Feminista, que tiene entre sus objetivos "propender a la emancipación intelectual, moral y material de la mujer, cualesquiera sean sus condiciones sociales", también hace su petición para el tratamiento del tema, con las firmas de Elvira Rawson de Dellepiane "heredera de las condiciones y el carácter de su ilustre antecesor, el Doctor Rawson", y de Alicia Moreau "conocida ventajosamente en toda la República, á pesar de su juventud, por su vigoroso espíritu de investigación".

Y más demoras

"Es para hacer una moción de aplazamiento: Siento que pueda desagradar á mi querido colega el Doctor Palacios, pero, en mi concepto, no estamos preparados para dilucidar el asunto" Doctor Delcasse

El Doctor Palacios, acostumbrado a los retrasos en el tratamiento, no se vio sorprendido. Y una vez más aprovechó la ocasión para más denuncias, refiriendo a países que ya hubieran legislado sobre el particular, a las opiniones emitidas por la Unión Industrial, a despachos de otros diputados, a artículos de prensa, destacando que así como el país ha desarrollado su industria, debe hacerlo con la legislación que cuida sus intereses y los de la población.

Para entonces eran las 5 de la tarde, la Honorable Cámara había quedado sin quórum, el Presidente anunció la ausencia de diez y siete diputados y el pase a cuarto intermedio. No fue la única vez que esto sucedió.

Finalmente, la ley y algunas de sus disposiciones

No podrá ser objeto de contrato el trabajo de menores de 10 años.

No se podrá ocupar a menores de 16 años en trabajos que se ejecuten durante la noche. Los dueños y administradores de fábricas y talleres están obligados a mantener instalaciones y máquinas de modo tal que mujeres y niños queden a salvo de todo peligro respecto a su salud y moralidad.

Será reprimido con multa o arresto todo individuo que haga ejecutar a menores ejercicios peligrosos, de fuerza o de dislocación.

Las obreras podrán dejar de concurrir a las fábricas o talleres hasta los 30 días subsiguientes al parto, debiendo el estado reservarles el puesto. Los establecimientos atendidos por mujeres deberán tener los servicios provistos para su comodidad.

En los establecimientos donde trabajen mujeres, se les permitirá a las madres amamantar durante 15 minutos cada 2 horas.

 

Ubicación: Este libro puede consultarse en la Sala Americana -SA 26 – 6 – 30

 

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