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Desde fines del siglo XIX y en el transcurso del siglo XX el Estado Nacional y los Estados provinciales sancionaron leyes tendientes a la organización de sus sistemas educativos. En ese devenir, los reglamentos y programas ocuparon un lugar central para definir las prácticas escolares.

La Ley 1420 del Estado Nacional sancionada en 1884 estableció los lineamientos de una educación pública, gratuita y obligatoria. Esta Ley se complementó con las leyes sancionadas en cada una de las provincias entre los años 1871 y 1896. Por otra parte, los vínculos entre la nación y las provincias estuvo influenciado por la Ley 4874, denominada Lainez, que permitió al Estado Nacional la creación de escuelas en las provincias y de este modo, extender el alcance de la ley 1420.

Definido el marco legal que brindó una estructura para la posterior red de escuelas llego el momento de entrar en la cotidianeidad de la institución. En este sentido, nos interesa destacar el lugar de las bibliotecas escolares en la conformación del sistema educativo.

La Ley 1420 fomentó la creación de bibliotecas populares y de maestros. En el momento fundante del sistema educativo los vínculos con la sociedad civil constituyeron unos de sus pilares y de allí la importancia de las bibliotecas populares, que tuvieron su ley propia, la 419 en esos tiempos.

Por otro lado, la creación de las bibliotecas escolares fue un movimiento más disperso. A pocos años de la sanción de la ley 1420, en 1886, el Consejo Nacional de Educación, administrador de las escuelas, solicitó a las escuelas un inventario de los libros de sus bibliotecas. Un interés creciente despertó el tema también en los docentes y el lugar elegido para el debate fueron las conferencias de maestros. La arquitectura escolar de la época dejó como testigos de su importancia a los espacios dedicados para la lectura y la consulta en las escuelas.

La creación de las bibliotecas escolares estaba en pleno auge  aunque en numerosos casos las escuelas encontraban dificultades para su creación. Sin embargo, los maestros insistían en la imperiosa necesidad de disponer de libros para los niños. En los informes de los Inspectores se señala que el objeto de las bibliotecas es despertar en los niños el amor a la buena lectura.
Durante el siglo XX el sistema educativo nacional consolidó su estructura y orientó sus preocupaciones en la formación de docentes, en la construcción de las escuelas y en la selección de los materiales para la enseñanza.

La lectura tuvo un lugar central y los libros pasaron a ser objeto de numerosos debates. La selección de los libros de texto y más tarde los manuales escolares guiaron las prácticas de lectura. En este contexto, las bibliotecas escolares estuvieron presentes en las prácticas escolares de esas décadas, resistiendo la censura de los años de dictadura y la ausencia de su actualización y desarrollo en  el andamiaje legal de la Ley Federal de Educación Nº24.195 de 1993, la cual no anidó  en ningún artículo la palabra “biblioteca escolar”, dejando de lado progresivamente su presencia en la política pública educativa diseñada para esa década.

Al iniciar el siglo XXI el Estado Nacional fortalece su lugar como articulador de las políticas educativas. El sistema educativo adquirió mayor centralidad en las políticas públicas impulsadas desde ese Estado. Las numerosas leyes sancionadas expresaron un cambio rotundo en el eje que guiaría la educación pública. En esta dirección, podemos mencionar la Ley 26068 de Educación Técnico Profesional, la Ley 26075 de Financiamiento educativo.

Finalmente. en la mencionada Ley 26206 de Educación Nacional, su artículo 91 vuelve a reconocer la importancia de la biblioteca como una herramienta fundamental para asegurar la igualdad de oportunidades y el acceso al conocimiento, un mandato para  que cada escuela cuente con un espacio apropiado para tal fin, en estos contextos normativos que refuerzan el papel de una educación pública inclusiva.

En esta dirección, hoy celebramos la promulgación de la Ley 26917 Sistema Nacional de Bibliotecas Escolares y unidades de información educativas que contribuye poderosamente en la consolidación de una educación pública para todos los argentinos, normativa  donde  la  lectura ocupa  un lugar central en estos espacios enriquecidos por prácticas pedagógicas singulares, y donde también, desde las otras unidades de información incorporadas, se promueve el resguardo y difusión de la memoria institucional y documental educativa.

13 pensamientos en “Historia de la legislación educativa argentina”

  1. Hola, buenas tardes! Acabo de llegar a este enlace y es sumamente interesante lo que aquí se expone. Si hubiese más material acerca de la historia de las bibliotecas escolares del país y sus legislaciones, les agradecería si pudiesen compartírmelo o contarme dónde podría econtrarlo y lo busco. Muchas gracias!!

  2. Mi interés reside en saber el motivo por el cual se crearon las escuelas privadas y qué porcentaje de subvención estatal tienen en este momento.

    1. Desde una perspectiva histórica las escuelas privadas existen en este territorio como únicas instituciones educativas hasta mediados siglo XIX que comienza a formarse el sistema educativo nacional el cual cobra fuerza con la Ley 1420 en 1884. Tradicionalmente estas escuelas privadas que datan de la colonia estaban en manos de ordenes religiosas o maestros particulares de orientación laica.

      Ya en la segunda mitad del siglo XIX, algunas asociaciones de inmigrantes impulsaron también sus escuelas propias, de gestión privada.

      Es decir que el desarrollo de la educación privada viene de larga data y tuvo mayor o menor impulso de acuerdo al momento histórico político del que se trate. Le dejo a continuación un titulo de Educación Común en la Capital, Provincias y Territorios Nacionales que refiere a este tema:

      http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/monitor/Educacion-comun/Educacion-comun-1927.pdf#page=531

      y le recomiendo consultar la obra completa en nuestro catalogo:

      http://www.bnm.me.gov.ar/catalogo/Record/000220907

      También puede que encuentre información al respecto en la “Memoria del Ministerio de Instrucción Pública”:

      http://www.bnm.me.gov.ar/catalogo/Record/000016745

      Con respecto a su segunda pregunta el subsidio estatal a la educación privada depende de cada jurisdicción ya que nuestro sistema educativo es descentralizado por lo cual el subsidio a las escuelas privadas se realiza a través del presupuesto provincial en base a un calculo por escuela del costo salarial docente y administrativo.

    1. Hola, Mariana. Enviamos tu consulta al CEDOC que te responderá por correo electrónico.
      Saludos cordiales

  3. Excelente informacion!!! Gracias!!! Yo ya sabía sobre esta etapa de la historia se la legislación escolar Argentina pero me sirvió para afianzar conceptos incorporados.

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