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                | Boletín 
                    electrónico Año 2 No 9 |   
                | Agosto 
                    2004  |   
                | ISSN 
                    1667-8370  |   
                | Pizzurno 
                    953 (C1020ACA) 4129-1272 |   
                | Línea 
                    gratuita: 0800-666 6293 |   
                | Biblioteca 
                    Nacional de Maestros |   
                | Ministerio 
                    de Educación, Ciencia y Tecnología |  | 
         
          |  | 
         
          | http://www.bnm.me.gov.ar | 
         
          |  | 
         
          |  | 
         
          | HALLAZGOS 
            EN LA BNM | 
         
          |  | 
         
          |  El Himno Nacional: la verdadera 
            versión | 
         
          |  | 
         
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              El Himno Nacional 
                nace como un encargo del Primer Triunvirato, pero fue la Asamblea 
                del Año XIII quien aprueba el texto y la música 
                de Vicente López y Planes y Blas Parera respectivamente 
                el 11 de marzo de 1813 (pliego que custodia el Archivo General 
                de la Nación). La letra y música del Himno fue objeto 
                de patrióticos debates y apasionadas discusiones sobre 
                cuál era en realidad la versión definitiva. | 
         
          |  
              Para poner 
                fin a estas discusiones se dispone la creación de una Comisión 
                Técnica presidida por el rector de la Universidad de Buenos 
                Aires en 1927. Por Acuerdo de 1928 se adopta la versión 
                musical del maestro argentino Juan P. Esnaola editada en 1860, 
                “la más completa y autorizada forma del Himno tradicional” 
                (Decreto nº 10302/944 B.O. 10/5/944). | 
         
          |  
              Sobre las 
                omisiones en el canto de algunas frases del texto de V. López 
                y Planes, se observará lo dispuesto por Acuerdo del 30/5/1900: 
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              - Sólo 
                se cantarán la primera y última cuarteta y el coro. 
                 | 
         
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              - En cuanto 
                a la tonalidad, adoptar la de si bemol que determina para la parte 
                del canto el registro adecuado a la generalidad de las voces. 
                 | 
         
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              - Reducir 
                a una sola voz la parte del canto. | 
         
          |  
              - Dar forma 
                rítmica al grupo correspondiente a la palabra “vivamos”. | 
         
          |  
              - Conservar 
                los compases que interrumpan la estrofa, pero sin ejecutarlos. | 
         
          |  
              Esta será 
                en adelante la única versión autorizada para ejecutarse 
                en actos oficiales, ceremonias públicas y privadas por 
                las bandas militares, policiales y municipales y en los estatablecimientos 
                de enseñanza del país. | 
         
          |  
              La Resolución 
                Ministerial nº 1635/78, actualmente vigente establece las 
                normas, características, tratamiento y uso de los símbolos 
                nacionales. | 
         
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          | Recopilado 
              por Marta Lago | 
         
          | Centro 
              Nacional de Información y Documentación Educativa | 
         
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